Repasando las ramas más antiguas del árbol genealógico de los
Goicoechea Luloaga, se puede deducir que en esa época (Siglos XV-XVII) los
matrimonios no se solían hacer por amor sino por interés. El objetivo era
mantener o aumentar el patrimonio a la vez que garantizar el futuro tanto del
heredero de la casa como de sus hermanos.
Los contratos matrimoniales especificaban hasta el último detalle lo
que cada una de las partes aportaban a la institución, una de las partes
normalmente aportaba la casa y la otra realizaba una aportación en bienes
materiales y en dinero, el cual solía servir para pagar la legitima de los
hermanos del cónyuge (cuando los había) al producirse la herencia.
El hecho de especificar tan minuciosamente en un documento
notarial lo que cada cónyuge aportaba al matrimonio tenía un objetivo
claro, en caso de que no hubiera descendencia, lo aportado por cada uno
revertía al tronco familiar del que procedía y podía ser reclamado por cada una
de las partes. Como ejemplo el CONTRATO MATRIMONIAL ENTRE CATALINA GOYCOECHEA LULOAGA Y
JUAN DE BEGUIRISTAIN en que se especifica la aportación de la
esposa “cuatro camas cumplidas nuevas a uso de la tierra y con cada
dos cobertores nuevos y una taza de plata de peso de diez ducados”
El centro del patrimonio era lógicamente la casa, por su valor
material, ya que era la residencia familiar, pero sobre todo el centro de la
actividad económica (agricultura, ganadería y muy importante en la época la
elaboración de sidra) Además la casa tenía un importante valor inmaterial
ya que su permanencia garantizaba a sus descendientes la existencia de un
"solar conocido" del que procedían. Esto se refleja perfectamente en
el DOCUMENTO DE DONACION de 1610 en
que los hermanos de Joanes Goycoechea renunciaron a todos sus derechos
sobre la casa de Goycoechea Luloaga a favor de su hermano primogénito. Con
una frase que resume el sentido de todo el documento:
“PORQUE QUEREMOS QUE EN EL, SUS HIJOS Y DESCENDIENTES SE CONSERVE
MEMORIA DE LOS DICHOS NUESTROS PADRES Y ANTEPASADOS Y LA DICHA CASA Y SU
PERTENECIDO”
La existencia de un solar conocido tiene una gran importancia ya que
cuando un descendiente de la casa, varias generaciones después, salía de
Gipuzkoa podía demostrar su condición de hidalgo en el correspondiente pleito
de hidalguía, dicha condición suponía para su poseedor numerosas ventajas en
los territorios de la corona de Castilla, tanto exenciones fiscales como la
posibilidad de desempeñar oficios públicos, que en caso de no ser hidalgo no
podría disfrutar. Disponemos de varios pleitos de hidalguía en que un
descendiente de la casa de Goicoechea Luloaga apela a la condición de tal para
ser considerado hidalgo, como en el caso de Martin Manuel de Goicoechea, nacido
en Gaztelu y que en 1767 se traslada a vivir a Viernoles en Cantabria, al
cual se le reconoció la condición de Hidalgo por la procedencia de sus
apellidos de varios solares conocidos, entre ellos la casa Goicoechea en Alzo,
la cual abandonaron sus antepasados cinco generaciones atrás.
La identificación del nombre de la casa con el apellido de los que allí
residían se mantenía cuando el heredero era un varón, normalmente el primogénito.
Pero en los casos en que la heredera fuera mujer se podía dar el caso de que el
apellido de los descendientes fuera el de marido con lo que ya no se mantenía
la identificación con el nombre de la casa, lo que con el tiempo fue lo más
habitual.
Otra posibilidad era que el apellido de los descendientes fuera
compuesto, combinando el apellido del padre y el de la madre, que al ser la
heredara coincidía con el nombre de la casa. Como en el caso de Pedro
Goycoechea casado en 1597 en Gaztelu con Maria Azpillaga, heredera de la casa
del mismo nombre y en la que cuatro generaciones después los residentes en la
casa seguían manteniendo el doble apellido Goycoechea y Azpillaga.
Existía una tercera posibilidad también frecuente y era que el marido de la heredera de la casa y sus descendientes adoptaran el nombre de la casa y perdieran su apellido originario. Al final con el apellido se trataba de identificar a la persona y su procedencia. Es el caso del doble matrimonio entre hermanos en que Juanes de Goycoechea ( Altzo 1551.02.22) heredero de la casa de Goicoechea se casó con Gracia Beracoechea y a su vez Martin de Goycoechea contrajo matrimonio con Catalina de Beracoechea heredera de la casa del mismo nombre.
Los descendientes de Martin de Goycoechea adoptaron como apellido el de Beracoechea y al menos hasta el siglo XX siguieron viviendo en Altzo.
Existía una tercera posibilidad también frecuente y era que el marido de la heredera de la casa y sus descendientes adoptaran el nombre de la casa y perdieran su apellido originario. Al final con el apellido se trataba de identificar a la persona y su procedencia. Es el caso del doble matrimonio entre hermanos en que Juanes de Goycoechea ( Altzo 1551.02.22) heredero de la casa de Goicoechea se casó con Gracia Beracoechea y a su vez Martin de Goycoechea contrajo matrimonio con Catalina de Beracoechea heredera de la casa del mismo nombre.
Los descendientes de Martin de Goycoechea adoptaron como apellido el de Beracoechea y al menos hasta el siglo XX siguieron viviendo en Altzo.
Actualmente siguen existiendo en Altzo las dos casas: Goikoetxea
(la casa de arriba) y Berakoetxea (la casa de abajo) de las que
hace siglos salieron nuestros antepasados.
BERAKOETXEA Y GOIKOETXEA